Artículo 8º La Dirección estará formada por los siguientes Departamentos: Jurídico; Renta; Planificación y Estudios; Compraventas; Alcoholes; Avaluaciones; Visitación; Personal y Bienestar; Especies Valoradas; Secretaría General; Racionalización; Contabilidad e Informaciones y Difusión.
    El Subrogante legal del Director será el Jefe del Departamento Jurídico y en caso de ausencia accidental o temporal de éste, el segundo subrogante será el Jefe de Departamento de Renta.
    En ausencia de los funcionarios ya indicados, subrogará al Director el funcionario del Servicio que designe el Presidente de la República.
    En todo caso el subrogante del Director deberá tener alguno de los títulos profesionales que el artículo sexto exige para desempeñar el cargo de Director.
    Los Jefes y Subjefes de Departamentos serán subrogados por los funcionarios del Servicio que designe el Director.