DECLARA NORMAS OFICIALES DE LA REPUBLICA DE CHILE, LAS QUE INDICA
Santiago, 30 de Enero de 1990.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 16.- Visto: lo solicitado por el Instituto Nacional de Normalización por Oficio Ref. No. 9127-400, del 16 de enero de 1990; lo informado por el Departamento Programas sobre el Ambiente de este Ministerio en su Memorándum No. 3H/034, de 25 de enero de 1990; y teniendo presente lo dispuesto en el decreto ley No. 2.763, de 1979,
Decreto:
Artículo 1°.- Decláranse Normas Chilenas Oficiales de la República de Chile, las siguientes:
NCh 1025 Gases comprimidos - Cilindros de gas para uso médico y para esterilización - Marcas de identificación del contenido y de los riesgos inherentes.
NCh 2164 Gases comprimidos - Gases para uso industrial, uso médico y uso especial - Sistema SI - Unidades de uso normal.
Artículo 2°.- Con el presente decreto se anula y reemplaza la norma siguiente: "NCh 1025. Of 78 Cilindro de gas para uso médico - Marcas para identificar el contenido", declarada Oficial de la República de Chile por decreto supremo No. 61, de 28 de marzo de 1978 del Ministerio de Salud.
Artículo 3°.- El presente decreto se publicará en el Diario Oficial, siendo su costo de cargo del Instituto Nacional de Normalización. El texto íntegro de las normas serán publicados en documentos oficiales del mencionado Instituto.
A contar de la fecha de publicación de este decreto en el Diario Oficial, las normas individualizadas en el artículo 1°, se denominarán como sigue:
NCh 1025. Of 90 Gases comprimidos - Cilindros de gas para uso médico y para esterilización - Marcas de identificación del contenido y de los riesgos inherentes.
NCh 2164. Of 90 Gases comprimidos - Gases para uso industrial, uso médico y uso especial - Sistema SI - Unidades de uso normal.
Artículo 4°.- El Instituto Nacional de Normalización, deberá enviar tres ejemplares de dichas normas debidamente certificada su conformidad con el texto oficial, a la Contraloría General de la República, y además, proporcionar gratuitamente el mismo número de ejemplares al Ministerio que las declara Normas Oficiales de la República.
Anótese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- Dr. Augusto Schuster Cortés, Ministro de Salud Subrogante.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud.- Dr. Patricio Silva Rojas, Subsecretario de Salud.