DECLARA NORMAS OFICIALES DE LA REPUBLICA DE CHILE LAS NORMAS TECNICAS QUE INDICA
Santiago, 13 de febrero de 2003.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 59.- Visto: Lo solicitado por el Instituto Nacional de Normalización en carta Nº3000-0004-03, de 9 de enero de 2003; el oficio Ord. Nº 298 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, de 24 de enero de 2003; el artículo 13, letra c), del D.L. Nº 1.305, de 1976, y el artículo 3º, incisos quinto y sexto del D.F.L. Nº 485 (V. y U.), de 1975, Ley General de Urbanismo y Construcciones,
D e c r e t o:
1º.- Declárase Normas Oficiales de la República de Chile, sin el carácter de obligatorias, a las normas técnicas que a continuación se indica:
NCh 801.Of2003 Elementos de construcción-Paneles-
Ensayo de compresión;
NCh 803.Of2003 Elementos de construcción-Paneles-
Ensayo de flexión;
NCh 2727/1.Of2003 Aislación térmica-Espuma rígida de
poliuretano Parte 1: Requisitos de
los sistemas antes de la aplicación
in situ;
NCh 2727/2.Of2003 Aislación térmica-Espuma rígida de
poliuretano-Parte 2: Requisitos del
producto aplicado in situ;
NCh 2774.Of2003 Materiales de construcción-Juntas y
uniones-Vocabulario y principios
fundamentales;
NCh 2791.Of2003 Comportamiento higrotérmico de
materiales y productos de
construcción-Determinación de
propiedades de absorción;
NCh 2795.Of2003 Aislación térmica-Transferencia de
masa-Magnitudes y definiciones.
2º.- Corresponderá al Instituto Nacional de Normalización publicar una minuta del presente decreto en el Diario Oficial y su texto íntegro en documentos oficiales del mencionado Instituto.
3º.- El Instituto Nacional de Normalización deberá enviar tres ejemplares de estas normas, debidamente certificada su conformidad con el texto oficial, a la Contraloría General de la República y además, proporcionar el mismo número de ejemplares al Ministerio de Vivienda y Urbanismo, que las declara Normas Oficiales de la República.
4º.- Derógase las siguientes normas técnicas declaradas de Emergencia Normas Oficiales de la República de Chile por D.S. Nº 132 (V. y U.), de 15 de febrero de 1971:
NCh 801. EOf71 Arquitectura y construcción-Paneles
prefabricados-Ensayo de compresión;
NCh 803. EOf1971 Arquitectura y construcción-Paneles
prefabricados-Ensayo de flexión.
NOTA
El numeral 8 y 10 del Decreto N° 63 Exento, Vivienda, publicado el 11.08.2025, modifica la presente norma, en el sentido de dejar sin efecto la declaración como Norma Oficial de la República de Chile la NCh801:2003 Elementos de construcción - Paneles - Ensayo de compresión, y la NCh803:2003 Elementos de construcción - Paneles - Ensayo de flexión, una vez cumplido el plazo de seis meses consignado en el resuelvo N° 2 del citado decreto, esto es, a partir del 12.02.2026.
El numeral 8 y 10 del Decreto N° 63 Exento, Vivienda, publicado el 11.08.2025, modifica la presente norma, en el sentido de dejar sin efecto la declaración como Norma Oficial de la República de Chile la NCh801:2003 Elementos de construcción - Paneles - Ensayo de compresión, y la NCh803:2003 Elementos de construcción - Paneles - Ensayo de flexión, una vez cumplido el plazo de seis meses consignado en el resuelvo N° 2 del citado decreto, esto es, a partir del 12.02.2026.
Anótese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Sonia Tschorne Berestesky, Ministra de Vivienda y Urbanismo Subrogante.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Héctor López Alvarado, Subsecretario de Vivienda y Urbanismo Subrogante.