Artículo 7º
Dólares
18) Certificación de los conocimientos de
embarque de mercaderías hasta 200 tone-
ladas métricas de peso o medida, desti-
nada a puertos chilenos, cada ejemplar
original 2.20
19) Por la misma actuación, además del dere-
cho anterior, por cada 200 toneladas en
exceso o fracción 2.20
20) Certificación de 5 ejemplares de las
facturas que deben presentarse a las
Aduanas de la República, para el despa-
cho de cualquiera clase de artículos,
siempre que el valor de ésta no baje de
20 ni exceda de 200 dólares 5.50
Quedan exentos de esta certificación y
derechos los libros y demás impresos
21) Si se excediere se pagará, además, por
el exceso 2.2%
22) Las facturas de valor de diez dólares
o inferiores a 20, pagarán 2.20
23) Las facturas cuyo valor sea inferior a
diez dólares, no pagarán derechos
24) Por cada factura o conocimiento extra 2.20
25) Por revalidación de una factura, en los
casos que determine el Reglamento
Consular 4.50
26) Por legalización de una Carta de
Corrección 4.50
27) Por comisión de compra, venta, cobro,
pago u otros servicios análogos, sobre
el total 4%