AUTO ACORDADO SOBRE MINUTAS PARA DEMANDAS NUEVAS
En Temuco, a dos de abril de dos mil tres, se reunió extraordinariamente esta Corte en Pleno, con la asistencia del Presidente Titular, don Fernando Carreño Ortega, y Ministros, señores Lenin Lillo Hunzinker, Archibaldo Loyola López, Héctor Toro Carrasco, Víctor Reyes Hernández, Julio Grandón Castro y Leopoldo Llanos Sagristá, y teniendo en presente que se ha implementado en este Tribunal de Alzada un sistema computacional para la distribución de las demandas a los Tribunales Civiles de esta ciudad; y considerando lo dispuesto en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema rol Nº 12-01, de dieciocho de julio de dos mil dos, se acuerda que a contar del 21 de abril de 2003, todas las demandas civiles y laborales cuyo conocimiento corresponde a los Juzgados con asiento en esta ciudad, deberán ser ingresadas por los interesados en la Oficina de Distribución de Causas en la Secretaría de esta Corte de Apelaciones.
Del mismo modo, a partir de la referida fecha en la señalada oficina deberán ingresarse todos los asuntos de jurisdicción voluntaria, los exhortos civiles y los demás asuntos referidos a materias propias del turno no afectas actualmente a distribución, que sean de competencia de los Juzgados Civiles de esta ciudad, excepto los asuntos de Violencia Intrafamiliar.
A partir de la misma fecha, en las demandas civiles y laborales, los actores deberán anteponer al texto de la suma los datos que siguen:
* Materia
* Procedimiento
* Nombre (s) completo (s), RUT o RUN demandante, querellante o peticionario, debiendo exhibirse fotocopia de alguno de los documentos señalados.
* Nombre (s) completo (s), RUT o RUN abogado patrocinante del demandante, debiendo exhibirse fotocopia de alguno de los documentos señalados.
* Nombre (s) completo (s) y RUN apoderado del demandante.
* Nombre (s) completo (s) y RUN demandado si se conociere (n).
Póngase en conocimiento del Colegio de Abogados, Ministerio Público y Defensoría Penal Pública de lo resuelto precedentemente y fíjense carteles en un lugar visible de la Secretaría del Tribunal, publicitando la nueva modalidad de presentación de las demandas.
Para constancia se levanta el acta precedente que firma el Ilmo. Tribunal y Sr. Secretario que autoriza.-
F. Carreño, L. Lillo, A. Loyola, H. Toro, V. Reyes, J. Grandón y L. Llanos. Pronunciado por la Ilma. Corte. L. Torres, Secretario.