CONCEDE PENSION, POR GRACIA, A DON OSCAR SORIANO BESOAIN
    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

    Proyecto de ley:

    Artículo único. Concédese, por gracia, y sin perjuicio de la pensión de retiro de que disfruta, una pensión de $ 15.000 mensuales a don Oscar Soriano Besoain.
    El mayor gasto que importe la aplicación de la presente ley se imputará al ítem respectivo de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.

    Y teniendo presente que el Congreso Nacional ha desechado las observaciones formuladas por S. E. el Presidente de la República e insistido en la aprobación del proyecto de ley que precede; de acuerdo con el artículo 54.o de la Constitución Política del Estado, publíquese y llévese a efecto como ley de la República.
    Santiago, a cinco de Noviembre de mil novecientos cincuenta y nueve.- JORGE ALESSANDRI RODRIGUEZ. - Roberto Vergara Herrera.