MODIFICA DECRETO Nº 830, DE 1994
Santiago, febrero 5 de 2003.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 178.- Visto:
1º El decreto supremo de Interior Nº 830, de fecha 10 de junio de 1994, mediante el cual se otorgó por gracia, una pensión equivalente a dos ingresos mínimos mensuales, a doña Constanza Daniela Arzola Helo, con tope de edad hasta los 23 años.
2º Que según antecedentes adjuntos, doña Constanza Daniela Arzola Helo es alumna regular de séptimo semestre de la carrera Relaciones Públicas M/Marketing, del Instituto Profesional DUOC UC, sede Concepción, debiendo además cumplir con la prática profesional y presentación de Tesis, y teniendo presente lo dispuesto en el Art. 32 Nº 8 de la Constitución Política de Chile,
D e c r e t o:
1.- Déjase sin efecto el tope de edad de 23 años.
2.- La Pensión de Gracia otorgada a doña Constanza Daniela Arzola Helo, RUT 10.465.658-7, se pagará hasta el mes de diciembre del año 2004, siendo requisito indispensable para su cobro que al comienzo de cada año lectivo acredite ser alumna regular de un plantel educacional.
Anótese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- RICARDO LAGOS ESCOBAR, Presidente de la República.- José Miguel Insulza Salinas, Ministro del Interior.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atte. a Ud., Jorge Correa Sutil, Subsecretario del Interior.