MODIFICA RESOLUCION Nº 2.198 EXENTA, DE 2000
    Santiago, 24 de abril de 2003.- Hoy se resolvió lo que sigue:

    Núm. 1.276 exenta.- Visto: El D.S. Nº 235 (V. y U.), de 1985 y sus modificaciones, que reglamenta el Sistema de Participación de las Instituciones del Sector Vivienda en Programas Especiales de Construcción de Viviendas Sociales y, en especial, lo dispuesto en el inciso segundo de su artículo 3º, la resolución exenta Nº 2.198, de este Ministerio, de fecha 14 de septiembre de 2000, publicada en el Diario Oficial del 22 de septiembre de 2000, y sus modificaciones; y,

    Considerando:

    a) Que mediante resolución exenta Nº 2.198, de este Ministerio, de 2000 y sus modificaciones, se determinaron los montos mínimos de ahorro para participar en los Programas Especiales regulados por el D.S. Nº 235 (V. y U.), de 1985;
    b) Que es necesario disminuir el monto mínimo de ahorro exigido para participar, durante el año 2003, en Programas Especiales que tengan por objeto complementar con la construcción del entorno las soluciones habitacionales denominadas "lotes con servicio", "infraestructura sanitaria" o primera etapa de Vivienda Progresiva, de que trata el artículo 20 del D.S. Nº 235 (V. y U.), de 1985, que se desarrollen en la V Región de Valparaíso, para atender a las familias afectadas por los incendios ocurridos en el mes de enero de 2003, en la comuna de Valparaíso, dicto la siguiente,
    R e s o l u c i ó n:


    Modifícase la resolución exenta Nº 2.198, de este Ministerio, de 2000, en el sentido de agregar a su disposición transitoria el siguiente nuevo inciso:
    "No obstante lo dispuesto en el número 2º resolutivo, los interesados en participar en Programas Especiales que tengan por objeto complementar con la construcción del entorno las soluciones habitacionales denominadas "lotes con servicio", "infraestructura sanitaria" o primera etapa de Vivienda Progresiva, de que trata el artículo 20 del D.S. Nº 235 (V. y U.), de 1985, que se desarrollen en la V Región de Valparaíso, para atender a las familias afectadas por los incendios ocurridos en el mes de enero de 2003, en la comuna de Valparaíso, deberán acreditar haber enterado un ahorro mínimo equivalente a 3 Unidades de Fomento.".
    Anótese, publíquese esta resolución en el Diario Oficial y archívese.- Jaime Ravinet de la Fuente, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Sonia Tschorne Berestesky, Subsecretaria de Vivienda y Urbanismo.