CONCEDE PENSION, POR GRACIA, A DOÑA JULIA Y A DOÑA ETELVIRA ROLDAN G.
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
Artículo único. Concédese, por gracia, a doña Julia y a doña Etelvira Roldán González el goce de una pensión mensual ascendente a la cantidad de diez mil pesos a cada una de ellas y con derecho de acrecer entre ellas.
El gasto que demande el cumplimiento de la presente ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, publíquese y llévese a efecto como ley de la República.
Santiago, a veinticinco de Noviembre de mil novecientos cincuenta y nueve.- JORGE ALESSANDRI RODRIGUEZ.- Roberto Vergara H.