Artículo 4º.- Créase una comisión especial, integrada por ocho miembros ad honorem, encargada de ejecutar los objetivos de esta ley, la que estará constituida por:

    a) Dos Senadores y dos Diputados, elegidos por sus respectivas Cámaras;
    b) Un representante de la Fundación "Salvador Allende Gossens";
    c) Un representante de los Sindicatos de Trabajadores de la División El Salvador de Codelco-Chile;
    d) Un representante del Intendente Regional de la Región de Atacama, y
    e) Un representante de la I. Municipalidad de Copiapó.
    El quórum para sesionar y adoptar acuerdos será el de la mayoría de sus miembros.