MODIFICA RESOLUCION Nº 360, DE 2003

    Núm. 928.- Valparaíso, 6 de mayo de 2003.- Visto: Lo dispuesto en el DFL Nº 5 de 1983; la Ley General de Pesca y Acuicultura Nº 18.892 y sus modificaciones cuyo texto refundido fue fijado por el D.S. Nº 430 de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; las leyes Nº 19.713, Nº 19.822 y Nº 19.849; el decreto exento Nº 154 de 2003, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; las resoluciones Nº 360 y Nº 817, ambas de 2003, de esta Subsecretaría de Pesca.

    R e s u e l v o:

    1º.- Modifícase la resolución Nº 360 de 2003, de
esta Subsecretaría de Pesca, que estableció la
distribución de la fracción artesanal de la pesquería
artesanal Merluza común (Merluccius gayi) de la V, VI, VII, VIII Regiones, período febrero-diciembre de 2003, en el sentido de reemplazar la letra c) del numeral 2º, por la siguiente:


"c)  Los excesos en la extracción de la fracción autorizada, se prorratearán en cada uno de los meses del período mayo-diciembre. Los remanentes no capturados acrecerán a la fracción autorizada para el período siguiente."

    2º.- Elimínase el numeral 3º de la resolución Nº 817 de 2003, de esta Subsecretaría de Pesca, en virtud de lo dispuesto en la presente resolución.

    Anótese, comuníquese y publíquese por cuenta de esta Subsecretaría de Pesca.- Felipe Sandoval  Precht, Subsecretario de Pesca