CONCEDE PENSION, POR GRACIA, A DOÑA CARMEN GABRIELA URRUTIA VIUDA DE ALCAYAGA
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
Artículo único. Concédese, por gracia, sin perjuicio del montepío que actualmente disfruta, a doña Carmen Gabriela Urrutia Urrutia viuda de Alcayaga, una pensión mensual de treinta mil pesos ($ 30.000).
El gasto que significa la aplicación de la presente ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, publíquese y llévese a efecto como ley de la República.
Santiago, a tres de Septiembre de mil novecientos cincuenta y ocho.- CARLOS IBAÑEZ DEL CAMPO.- Eduardo Urzúa M.