ACLARA LA LEY Nº 12,662
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
Artículo único. Declárase que el sentido de la ley 12,662, fue el de otorgar a la interesada el derecho a reliquidar su jubilación y desahucio y la clasificación por años de servicios que le correspondió mientras estuvo en funciones.
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, publíquese y llévese a efecto como ley de la República.
Santiago, a doce de Septiembre de mil novecientos cincuenta y ocho.- CARLOS IBAÑEZ DEL CAMPO.- Eduardo Urzúa M.