CONCEDE PENSION, POR GRACIA, A DOÑA DOMINGA MORALES ARCOS
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
Artículo único. Concédese, por gracia, a doña Dominga Morales Arcos una pensión de treinta mil pesos mensuales.
El gasto que demande el cumplimiento de esta ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto de Pensiones del Ministerio de Hacienda.
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, publíquese y llévese a efecto como ley de la República.
Santiago, a dieciséis de Septiembre de mil novecientos cincuenta y ocho.- CARLOS IBAÑEZ DEL CAMPO.- Eduardo Urzúa M.