Artículo 35.- El Serviu podrá entregar información complementaria o modificatoria de los antecedentes originales de la propuesta mediante adiciones que sólo podrán emitirse hasta cuatro días antes de la apertura de las propuestas.
Si las adiciones no fueran puramente adjetivas, el Serviu deberá postergar la fecha de apertura con el fin de asegurar un acertado análisis de los antecedentes.