Artículo 44.- En los contratos de ejecución de obras que regula este reglamento se entenderán incorporadas, tal como se señala en los números 1 y 2 del artículo 4º de este reglamento, las bases especiales, las bases técnicas, las especificaciones técnicas, las aclaraciones, las adiciones, los planos suministrados para la propuesta y los planos aclaratorios que al efecto se confeccionen, y todas las normas vigentes a esa fecha que digan relación con la materia, y en especial las contenidas en los siguientes cuerpos legales y reglamentarios:


a)  D.F.L. Nº 458 (V. y U.), de 1975, Ley General de Urbanismo y Construcciones.
b)  D.S. Nº 47 (V. y U.), de 1992, Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.
c)Decreto 34,
VIVIENDA
Art. único Nº 5
D.O. 03.08.2023
  DS Nº 85 (V. y U.), de 2007, Manual de Inspección Técnica de Obras del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, o el que lo reemplace.
d)  D.S. Nº 127 (V. y U.), de 1977, Reglamento del Registro Nacional de Contratistas del Minvu.
e)  ley Nº 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente y su reglamento.
f)  D.S. Nº 411, del Ministerio de Obras Públicas, de 1948, Reglamento sobre Conservación, reposición de pavimentos y trabajos por cuenta de particulares, y
g)  Ley Nº 8.946, sobre Pavimentación Comunal.