MODIFICA ORDENANZA LOCAL SOBRE DERECHOS MUNICIPALES Núm. 34.- Cartagena, 14 de Enero de 1993.- Vistos:
1.- El Decreto Alcaldicio N° 731 de fecha 26.09.92, Municipalidad de Cartagena;
2.- La Ordenanza Local que estableció los Derechos Municipales de fecha 26.10.87, y su modificación de fecha 12-Dic-1991;
3.- El Acuerdo del Concejo Municipal, adoptado en la Sección de fecha 23.11.92;
4.- Las facultades que me confiere la Ley 18.695 y 19.130; Orgánica Constitucional de Municipalidades y sus modificaciones;
Considerando:
Las necesidades de la Comuna que requieren de un ordenamiento:
Decreto:
Modifíquese la Ordenanza Local sobre Derechos Municipales por Concesiones, Permisos y Servicios de la siguiente forma:
1.- Reemplácese los siguintes títulos de dicha Ordenanza
TITULO IV
Se derogan Art. N° 10, Art. N° 11, Se modifica Art. N° 12, 1 cambio de domicilio Fuera de la Comuna.
Art. N° 13: Se conservan los puntos 1-2-3-4-5 y se agregan los puntos:
N° 6 Autoadhesivos Tránsito 2% UTM.
N° 7 Empadronamiento Carros Remolque 20% UTM.
N° 8 Certificados Notificación de Carros de remolque 10% UTM.
TITULO V
Art. N° 17: Se modifica
"El otorgamiento de permisos para el.......... Se derogan los puntos N° 2 y N° 7
Se modifican los puntos.
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|NOTA: VER DIARIO OFICIAL N° 34.494, DEL 17 DE FEBRERO|
|DE 1993, PAG. 3 |
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TITULO VI:
Art. N° 18, se derogan los puntos N° 3 - 4.2.-
5a.-11-12- 14-17-19-20. Modifícase
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|NOTA: VER DIARIO OFICIAL N° 34.494, DEL 17 DE FEBRERO|
|DE 1993, PAG. 3 |
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TITULO XI
Se deroga Punto 5
Se agrega Punto 1 "Fracción Anual"
Se modifica:
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|NOTA: VER DIARIO OFICIAL N° 34.494, DEL 17 DE FEBRERO|
|DE 1993, PAG. 3 |
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TITULO XII
Se derogan los puntos 1-2-4.
Se modifican los puntos:
3: 1 UTM
5 Guías para Alojamiento de pasajeros de buses por Semestre: 50% UTM.
6: 2 UTM
7: 1% UTM
9: 00.00 a 09.00 hrs. y de 13:00 a 15:00 hrs. 1 UTM
TITULO XIV
Se derogan el punto 4
Se agrega Pinto N° 8, Bases Administrativas Técnicas y sus antecedentes 10% a 1 UTM.
TITULO XXIV
Art. N° 76, se modifica "Los feriantes 10% UTM.
2°.- La presente Ordenanza regirá desde la fecha de su dictación, sin perjuicio de su publicación en el Diario Oficial.
Anótese: Remítase al Sr. Intendente Regional, al Sr. Gobernador Provincial de San Antonio, a la Contraloría General de la República V Región para su conocimiento, publíquese en el Diario Oficial, Transcríbase a los Departamentos Municipales y Archívese.- Hernán Cartagena Aguilera, Alcalde.- Carlos Robles Orellana, Secretario Municipal.