AUMENTA, POR GRACIA, LA PENSION DE DON TOMAS OLIVOS ARRIAGADA

    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

    Proyecto de ley:

    Artículo único. Auméntase, por gracia, a treinta mil pesos ($ 30.000) mensuales, sin perjuicio de la jubilación de que actualmente disfruta, la pensión que percibe por ley N.o 12,294, don Tomás Olivos Arriagada.
    El mayor gasto que significa la aplicación de la presente ley se imputará al ítem respectivo de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, publíquese y llévese a efecto como ley de la República.
    Santiago, a diecisiete de Octubre de mil novecientos cincuenta y ocho.- CARLOS IBAÑEZ DEL CAMPO.- Eduardo Urzúa Merino.