Artículo 15º.- En el Hipódromo de Arica el monto de la comisión sobre las apuestas mutuas se distribuirá en la forma siguiente:
1) 12,00% para premios de carreras;
2) 7,500% para gastos de administración y apuestas mutuas;
3) 6,500% para previsión social, bienestar y bonificaciones de preparadores, jinetes, cuidadores y personal del Hipódromo;
4) 1,000% que el hipódromo deberá destinar, en forma preferente y hasta terminarlo, a un plan de construcciones habitacionales para los preparadores, jinetes y cuidadores que actúen en él; y en posterioridad a ampliar y mejorar las instalaciones del hipódromo;
5) 1,000% para adelanto de los departamentos de Pisagua e Iquique, que se entregará a la Intendencia de Iquique.