CONCEDE PENSION, POR GRACIA, A DOÑA MARIA PINO HERRERA
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
Artículo único. Concédese; por gracia, a doña María Pino Herrera, hija de doña Eloísa Herrera Carvajal, una pensión de quince mil pesos ($ 15.000) mensuales.
El mayor gasto que significa la aplicación de la presente ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, publíquese y llévese a efecto como ley de la República.
Santiago, a veinticuatro de Octubre de mil novecientos cincuenta y ocho.- CARLOS IBAÑEZ DEL CAMPO.- Eduardo Urzúa Merino.