DEROGA EN EL ARTICULO UNICO DEL DECRETO N° 675 EXENTO, DE 1993, LA DENOMINACION DE LA ESCUELA BASICA D N° 473 DE LA COMUNA PEDRO AGUIRRE CERDA
Núm. 430 exento.- Santiago, 26 de Septiembre de 1994. Considerando:
Que, la Directora de la Escuela Básica Municipalizada D N° 473 de la comuna Pedro Aguirre Cerda, ha solicitado a esta Secretaría de Estado se deje sin efecto la denominación de "Andrés Jarlán" concedida mediante Decreto Supremo Exento de Educación N° 675 de 16 de diciembre de 1993;
Que, si bien la actual denominación fue consolidada a través de un Decreto Supremo Exento, la nueva denominación que se solicita es materia que compete al Secretario Regional Ministerial de Educación respectivo;
Que, es necesario derogar, en el Decreto Supremo Exento de Educación N° 675 de 1993, la denominación a la Escuela Básica D N° 473 de la comuna de Pedro Aguirre Cerda; y,
Visto: Lo dispuesto en el Decreto Ley N° 736, de 1974; Decretos Supremos de Educación N°s. 1.673, de 1979; 10.274, de 1981; 632, de 1983; 760, de 1986, 406, de 1992; y 10, de 1994; Resolución N° 55, de 1992 de la Contraloría General de la República; acuerdo de sesión de 8 de agosto de 1994 de la Comisión a que se refiere el Decreto Ley N° 736, de 1974; Ordinario N° J/004952, de 1994 del Secretario Regional Ministerial de Educación de la Región Metropolitana; y en los artículos 32 N° 8 y 35 de la Constitución Política de la República de Chile, Decreto:
Artículo único: Derógase en el artículo único del Decreto Supremo Exento de Educación N° 675 de 16 de diciembre de 1993, el N° 1 correspondiente a la comuna Pedro Aguirre Cerda que otorgó la denominación de "Escuela Básica Andrés Jarlán", a la Escuela Básica D N° 473 de Santiago.
Anótese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Sergio Molina Silva, Ministro de Educación.
Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda a usted, Jaime Pérez de Arce Araya, Subsecretario de Educación.