DECLARA NORMA OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE LA NORMA TECNICA QUE INDICA
Santiago, 14 de Julio de 1988.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 122.- Visto: El oficio ordinario No. 360, de 14 de Junio de 1988, del Jefe de la División Técnica de Estudio y Fomento Habitacional; la proposición del Instituto Nacional de Normalización, contenida en oficio No. 8352-400, de 12 de Mayo de 1988, el oficio ordinario No. 2760, de 31 de Mayo de 1988, del señor Subsecretario de Economía, Fomento y Reconstrucción; el artículo 13° letra c) del DL No. 1.305, de 1976, y los incisos quinto y sexto del artículo 3° del DS No. 458, (V. y U.), de 1975, Ley General de Urbanismo y Construcciones,
Decreto:
1°.- Declárase Norma Oficial de la República de Chile, la norma técnica que se indica a continuación:
- NCH 1970/1 DerogadaDecreto 13 EXENTO,
VIVIENDA
N° 3
D.O. 16.03.2026.
VIVIENDA
N° 3
D.O. 16.03.2026.
- NCH 1970/2 DerogadaDecreto 13 EXENTO,
VIVIENDA
N° 3
D.O. 16.03.2026.
VIVIENDA
N° 3
D.O. 16.03.2026.
2°.- Corresponderá al expresado Instituto Nacional de Normalización publicará una minuta del presente decreto en el Diario Oficial y el texto íntegro de esta norma en documentos oficiales del mencionado Instituto.
3°.- El Instituto Nacional de Normalización deberá enviar tres ejemplares de esta norma, debidamente certificada su conformidad con el texto oficial, a la Contraloría General de la República y, además, proporcionará gratuitamente el mismo número de ejemplares al Ministerio que la declara norma oficial de la República.
Anótese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Miguel A. Poduje Sapiaín, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Luis Salas Romo, Subsecretario de Vivienda y Urbanismo.