1º.- Institúyese el día 18 de noviembre como "Día de la Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos y el de sus trabajadores".
    2º.- La Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos deberá organizar en ese día ceremonias conmemorativas dedicadas a poner de relieve políticas, programas y/o acciones en el ámbito de su competencia de importancia nacional o regional.
    3º.- En dicha oportunidad se podrán otorgar presentes recordatorios al personal de su dependencia que haya cumplido veinte o más años de servicio en la institución y organizar otros eventos internos con similares propósitos, pudiéndose en tal ocasión, siempre que existan recursos para ello, galardonar al personal que se haya jubilado dentro de la respectiva anualidad.
    Los gastos que irroguen las actividades señaladas se financiarán con cargo a gastos de representación de la Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos, en la medida que concurran los requerimientos establecidos en el Clasificador Presupuestario para este tipo de gastos.