CONCEDE PENSION, POR GRACIA, A DOÑA OLGA GANA S.
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
Artículo único. Concédese, por gracia, a doña Olga Gana Subercaseaux una pensión de veinte mil pesos mensuales.
El gasto que demande la aplicación de la presente ley se imputará al ítem respectivo de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, publíquese y llévese a efecto como ley de la República.
Santiago, a veinticuatro de Octubre de mil novecientos cincuenta y ocho.- CARLOS IBAÑEZ DEL CAMPO.- Eduardo Urzúa Merino.