Artículo 17.- El Reglamento establecerá el régimen y criterios de clasificación de los Ley 21634
Art. PRIMERO Nº 24
D.O. 11.12.2023
proveedores, los requisitos de inscripción en cada categoría y las causales de inhabilidad, incompatibilidad, suspensión y eliminación del registro por incumplimiento de obligaciones u otras causales. El Reglamento deberá cautelar el libre acceso de los contratistas al registro y su evaluación objetiva y fundada.