CONCEDE PENSION, POR GRACIA, A DOÑA HERMINIA, A DOÑA ELENA Y A DOÑA MARTA PANTOJA CONTRERAS
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
Artículo único. Concédese, por gracia, a doña Herminia, Elena y Marta Pantoja Contreras, una pensión de $ 15.000 mensuales a cada una, con derecho a acrecer entre ellas.
El mayor gasto que importe la aplicación de la presente ley se imputará al ítem respectivo de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, publíquese y llévese a efecto como ley de la República.
Santiago, a treinta de Octubre de mil novecientos cincuenta y ocho.- CARLOS IBAÑEZ DEL CAMPO.- Eduardo Urzúa Merino.