CONCEDE PENSION, POR GRACIA, A LAS PERSONAS QUE SEÑALA
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado aprobación al siguiente
Proyecto de ley
Artículo 1.o Concédese, por gracia, una pensión mensual de $ 25.000 a cada uno a los siguientes ex empleados de la ex Empresa Nacional de Transportes Colectivos del Estado S.A., o, en caso de haber fallecido alguno, a su viuda legítima
Ramón Parra Quezada Pedro Barrera Muñoz Esteban Garrido Manan Misael Osorio Pavéz Emilio Mieres M.
Andrés Vásquez Fuentes Alfredo Rivera Concha Juan Silva Reveco Alejandro Marín Cabrera Miguel Pedro Escobar Manuel J. Reyes Reyes Guillermo Jara Jara Alfredo Roa González Guillermo Sánchez Lara Roberto Cifpentes Alarcón Pedro Pablo Jiménez
Elías Abarzúa Concha Manuel Basualto Leva F1oridor Córdova Gálvez Luis Alvarez López Carlos Verdugo Martínez Juan B. Vidal León Miguel Torres Cubillos Carlos Vidal Valencia Julio Leyton Fierro Domingo A. Molina Osses Ramón Marín Cabrera Ismael Mosqueda Lavín Eufrasio Henriquez Henríquez Luis Díaz González Alfredo Morales Leiva.
Artículo 2.o El mayor gasto que signifique la aplicación de esta ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, publíquese y llévese á efecto como ley de la República.
Santiago, a treinta y uno de Octubre de mil novecientos cincuenta y ocho.- CARLOS IBAÑEZ DEL CAMPO.- Eduardo Urzúa Merino.