DEL D.L. Nº 2.306, DE 1978, SOBRE RECLUTAMIENTO Y MOVILIZACION DE LAS FUERZAS ARMADAS
Santiago, 25 de junio de 2003.- Con esta fecha se ha decretado lo siguiente:
Núm. 43 exento.- Visto:
a) Lo dispuesto en el artículo 32, Nº 8 de la Constitución Política de la República de Chile;
b) Lo dispuesto en el artículo 90 y 91 del D.L. Nº 2.306, de 1978;
c) D/S Nº 19 de la Secretaría General de la Presidencia de fecha 22.Ene.2001;
d) La resolución Nº 520 de 1996, de la Contraloría General de la República;
e) Lo propuesto por la Dirección General de Movilización Nacional,
D e c r e t o:
1. Fíjase para regir en el segundo semestre del año 2003, las siguientes Tasas de Derechos a las solicitudes y actuaciones relacionadas con el decreto ley Nº 2.306 de 1978, sobre Reclutamiento y Movilización de las Fuerzas Armadas:
1. Comprobante de Inscripción $ -.-
2. Reinscripción 450.-
3. Duplicado de Inscripción 850.-
4. Certificado de Situación Militar 1.470.-
5. Solicitud de Anticipo 1.600.-
6. Solicitud de Postergación 6.170.-
7. Solicitud de Curso Especial 6.170.-
8. Solicitud de Exclusión 5.110.-
9. Solicitud de Exención 5.110.-
10. Solicitud de Amnistía 5.110.-
11. Solicitud de Rectificación de Nombres
y/o Datos Militares 1.600.-
12. Solicitud de Indulto por Infracción
al D/L. 2.306 de 1978 2.920.-
13. Solicitud de Disponibilidad 4.550.-
14. Certificado de Resolución de
Disponibilidad 8.900.-
15. Certificado de Pase a la Reserva
de Disponibles 5.110.-
16. Certificado de Exclusión 5.110.-
17. Otras Actuaciones no Expresadas
en Tabla 1.470.-
18. Solicitud de Inscripción fuera de
Plazo y Especiales 2.930.-
19. Solicitud en la Reserva para Oficiales:
a. Solicitud de Nombramiento o Ascenso
en la Reserva 4.950.-
b. Solicitud de Cambio de Institución
en la Reserva 4.950.-
c. Solicitud de Cambio de Escalafón en
la Reserva 4.950.-
d. Solicitud de Llamado al Servicio
Activo 4.950.-
e. Título de Grado de Oficial de Reserva 4.950.-
f. Certificado de Título de Oficial de
Reserva 4.950.-
20. Solicitud en la Reserva para el
Cuadro Permanente:
a. Solicitud de Nombramiento o Ascenso
en la Reserva 2.950.-
b. Solicitud de Cambio de Institución en
la Reserva 2.950.-
c. Solicitud de Cambio de Escalafón en
la Reserva 2.950.-
d. Solicitud de Llamado al Servicio
Activo 2.950.-
e. Título de Grado de Cuadro Permanente 2.950.-
f. Certificado de título de Cuadro
Permanente 2.950.-
2. Las Tasas de los derechos indicadas precedentemente, regirán desde la publicación del presente decreto supremo. Su vigencia expirará con la publicación del decreto supremo correspondiente al Primer Semestre de 2004.
3. Los derechos que afectan a las solicitudes antes citadas, se pagarán de acuerdo con los procedimientos administrativos que establezca la Dirección General de Movilización Nacional, la que también emitirá instrucciones a los Jefes Cantonales de Reclutamiento respecto a las rendiciones de cuentas de los valores recaudados.
La Dirección General de Movilización Nacional podrá exonerar el pago de todo o parte de los derechos que establece la presente Tabla a los ciudadanos residentes en el extranjero o en casos de pobreza comprobada, ambos en casos calificados.
Anótese, comuníquese y publíquese en el Diario Oficial y Boletines Oficiales del Ejército, Armada, Fuerza Aérea, Carabineros y Policía de Investigaciones de Chile.- Por orden del Presidente de la República, Michelle Bachelet Jeria, Ministra de Defensa Nacional.- Nicolás Eyzaguirre Guzmán, Ministro de Hacienda.
Lo que se transcribe para su conocimiento.- Gabriel Gaspar Tapia, Subsecretario de Guerra.