Artículo 34.- La selección de los proyectos que se propongan tanto a nivel regional como nacional deberá efectuarse mediante concursos públicos, postulaciones, licitaciones u otras modalidades, que se sujetarán a las bases Ley 21045
Art. 51 N° 10
D.O. 03.11.2017
definidas por el Subsecretario de las Culturas y las Artes y al respectivo reglamento.
    Las asignaciones se efectuarán mediante la celebración de un convenio en el que deberá consignarse su destino, las condiciones de su empleo y su fiscalización.