CONCEDE PENSION, POR GRACIA, A DOÑA CARMELA BUSTAMANTE A.

    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

    Proyecto de ley
    Artículo único. Concédese, por gracia, a doña Carmela Bustamante Aqueveque, una pensión mensual de doce mil pesos ($ 12.000), en atención a los servicios prestados durante 30 años como Agente Postal de Ñipas.
    El gasto que demande el cumplimiento de la presente ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, publíquese y llévese a efecto como ley de la República.
    Santiago, a seis de Diciembre de mil novecientos cincuenta y siete.- CARLOS IBAÑEZ DEL CAMPO.- Eduardo Urzúa M.