REEMPLAZA EL ARTICULO UNICO DE LA LEY Nº 17.841
Decreto ley Nº 31.- Santiago, 21 de Septiembre de 1973.
Por cuanto la Junta de Gobierno ha dado su aprobación al siguiente:
Decreto ley:
Artículo único.- Reemplázase en el artículo único de la ley Nº 17.841, de 18 de Noviembre de 1972, la frase "las obras de construcción y terminación del Estadio Naval, en Talcahuano", por la siguiente:
"reparaciones, mantenimiento, instalaciones, construcciones menores y los correspondientes artículos complementarios de las viviendas fiscales destinadas a la Armada de Chile".
Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial e insértese en los Boletines Oficiales de Ejército, Armada, Fuerza Aérea, Carabineros e Investigaciones y en la Recopilación Oficial de dicha Contraloría.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Comandante en Jefe del Ejército y Presidente de la Junta de Gobierno.- JOSE T. MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada.- GUSTAVO LEIGH GUZMAN, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea.- CESAR MENDOZA DURAN, General, Director General de Carabineros.- Patricio Carvajal Prado, Vicealmirante, Ministro de Defensa Nacional.
Lo que se transcribe para su conocimiento.- Ernesto Jobet Ojeda, Capitán de Navío, Subsecretario de Marina.