Artículo 1º.- Sustitúyese la Planta Médica de la ley Nº 15.076, señalada en el Art. 2º del D.F.L. Nº 7 (Guerra), de 1º-XII-1966, por la siguiente:
Hora Médicas Nº
Cargos semanales Empleados
Médico Jefe 44 1
Médicos 11 9
Médicos 22 3
Dentista Jefe 44 1
Dentistas 44 3
Dentistas 22 3
Dentistas 11 5
Dentistas 22 4
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