CONCEDE NUEVO PLAZO PARA EL ENCASILLAMIENTO DE LOS FUNCIONARIOS QUE INDICA
Santiago, 14 de Enero de 1974.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 277.- Vistos: Los decretos leyes N.os 1, 6, 60, 98 y 128, de 1973,
La Junta de Gobierno de la República de Chile ha acordado dictar el siguiente
Decreto ley:
"Artículo Unico.- Concédese un nuevo plazo, hasta el 21 de Enero de 1974, para el encasillamiento de los funcionarios de la Planta del Servicio Exterior y de la Secretaría y Administración General del Ministerio de Relaciones Exteriores y de las Plantas de los Servicios dependientes del mismo Ministerio."
Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial e insértese en la Recopilación Oficial de dicha Contraloría.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la Junta de Gobierno.- JOSE T. MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada.- GUSTAVO LEIGH GUZMAN, General del Aires, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea de Chile.- CESAR MENDOZA DURAN, General, Director General de Carabineros.- Ismael Huerta Díaz, Vicealmirante, Ministro de Relaciones Exteriores.
Lo que transcribo a US. para su conocimiento.- CLAUDIO COLLADOS NUÑEZ, Capitán de Navío IM., Subsecretario.