Artículo 7º.- Corresponderá, especialmente, a la Comisión:

    a) Adquirir, construir, arrendar u obtener a cualquier título los inmuebles necesarios para la Reunión; los bienes muebles necesarios para habilitar, alhajar y equipar los anteriores, y especialmente máquinas de oficina, útiles de escritorio, materiales de oficina e impresión y demás especies de uso o consumo corriente necesarios para el desarrollo del evento;

    b) Asegurar movilización para las delegaciones;

    c) Proporcionar oficina a las delegaciones;

    d) Organizar los espectáculos y demás actividades que constituyan el complemento cultural y social de la Reunión y que permitan conocer programas de desarrollo del país;

    e) Prestar colaboración al Banco Interamericano de Desarrollo en la contratación de alojamiento para las personas que participen en la Reunión y de personal local para la Secretaría de la Asamblea;

    f) Fijar la remuneración del Secretario General Ejecutivo y ordenar el reembolso de los gastos en que incurra;

    g) En general, realizar todos los actos y trabajos necesarios para procurar el éxito de la Reunión y colaborar en la movilización de la opinión pública en orden a obtener dicho propósito.