Art. 5º "Substitúyese el número 8º del artículo 63 del decreto-ley N° 407, de 19 de Marzo de 1925, por el siguiente:
    "8º Por protesto de letras dentro de los límites urbanos fijados por la respectiva Municipalidad de cada ciudad: hasta ciento cincuenta pesos, veinte pesos; de ciento cincuenta y un peso a mil, treinta pesos; de mil un peso a dos mil; treinta y cinco pesos; de dos mil un peso a cinco mil, cuarenta pesos; de cinco mil un peso, a diez mil, cuarenta y cinco pesos; superiores a diez mil pesos, cincuenta  pesos".
    "Estos derechos se aumentarán en cincuenta centavos, por cada cuadra de exceso, fuera de los límites urbanos".
    "Por notificaciones de oferta de pago y demás diligencias similares, no expresamente contempladas en esta ley, veinticinco pesos".