DELEGACION DE ATRIBUCIONES
Decreto ley N° 8.- Santiago, 12 de Septiembre de 1973.- Vistos:
La situación de conmoción interior que vive el país;
Lo dispuesto en los decretos leyes Nos 1 y 3, de 11 de Septiembre de 1973, y
Lo contemplado en el Art. 75 del Código de Justicia Militar, la Junta de Gobierno de la República de Chile ha acordado dictar el siguiente
Decreto ley
Artículo único.- Deléganse a partir de esta fecha en los respectivos Comandantes en Jefe de las Unidades Operativas del territorio nacional, Comandante en Jefe de la Escuadra, Comandante en Jefe de las Zonas Navales y Comandante del Comando de Combate de la Fuerza Aérea, las atribuciones que los Arts. 74 y 77 del Código de Justicia Militar confieren a esta Junta Militar de Gobierno, referidas al ejercicio de la jurisdicción militar y a la de dictar Bandos en el Territorio que corresponda a cada una de dichas autoridades.
Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial e insértese en los Boletines Oficiales del Ejército, Armada, Fuerza Aérea, Carabineros, Investigaciones y en la Recopilación Oficial de dicha Contraloría.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la Junta de Gobierno.- JOSE T. MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada.- GUSTAVO LEIGH GUZMAN, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea de Chile.- CESAR MENDOZA DURAN, General, Director General de Carabineros.- PATRICIO CARVAJAL PRADO, Vicealmirante, Ministro de Defensa Nacional.
Lo que se transcribe para su conocimiento.- René C. Vidal Basauri, Teniente Coronel, Jefe Depto. Asuntos Especiales, Subsecretario de Guerra subrogante.