LIBERA DE DERECHOS DE IMPORTACION A MERCANCIAS QUE INDICA, CONSIGNADAS A "ASTILLEROS LAS HABAS S.A."
Decreto ley Nº 188.- Santiago, 10 de Diciembre de 1973.- Vistos: estos antecedentes y la necesidad de normalizar la situación aduanera de implementos consignados a Astilleros Las Habas S.A., indispensables para satisfacer sus necesidades de producción.
La Junta de Gobierno de la República de Chile ha acordado dictar el siguiente
Decreto ley:
Autorízase la importación liberada del pago de todos los gravámenes, impuestos y tasas que se perciban por las Aduanas, comprendiéndose entre ellos los referidos en los artículos 44 de la ley 17.564 y 190 de la ley 16.464 y sus modificaciones, como asimismo de las tasas de movilización, almacenaje y cifra de negocios que afecten a las siguientes mercancías, consignadas a Astilleros Las Habas S.A., con domicilio en la ciudad de Valparaíso:
Un cajón con 27.100 KB todo, conteniendo guillotina cortadora mecánica de planchas; mercancía llegada en la motonave Jytte Skou, manifiesto Nº 569, de 3 de Julio de 1969, conocimiento Nº 17, de Hamburgo.
Dos cajones con 168 KB todo, con accesorios para máquina fresadora; mercancía amparada por póliza de importación Nº 405.024, de 1973.
Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial y en la Recopilación Oficial de dicha Contraloría.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General del Ejército, Comandante en Jefe del Ejército, Presidente de la Junta de Gobierno.- JOSE T. MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada.- GUSTAVO LEIGH GUZMAN, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea.- CESAR MENDOZA DURAN, General, Director General de Carabineros.- Lorenzo Gotuzzo Borlando, Contraalmirante, Ministro de Hacienda.
Lo que transcribo a US. para su conocimiento.- Saluda atentamente a US.- Victoria Arellano S., Subsecretario de Hacienda.