AUTORIZA DESCUENTO QUE INDICA

    Santiago, 10 de Diciembre de 1973.- Hoy se decretó lo que sigue:
    Núm. 191.- Visto: la necesidad de financiar las jornadas de estudio que realizará próximamente la Federación de Profesionales y Técnicos del Servicio Nacional de Salud, y teniendo presente lo establecido en el decreto ley Nº 1, de 11 de Septiembre de 1973, la Junta de Gobierno ha acordado dictar el siguiente
    Decreto ley
    Artículo 1º.- Descuéntese por una sola vez, de la renta del personal de la Planta Directiva, Profesional y Técnica del Servicio Nacional de Salud, cualquiera sea su condición funcionaria y del personal afecto a la ley Nº 15.076 que, voluntariamente hayan solicitado su afiliación a la Federación de Profesionales y Técnicos del Servicio Nacional de Salud, la cantidad de Eº 200,- para financiar las jornadas de estudios que dicha Federación realizará el presente año.
    Artículo 2º.- El descuento antes citado se hará efectivo por la Dirección General del Servicio Nacional de Salud a través de los respectivos habilitados y los fondos correspondientes serán remesados a nombre de la Federación de Profesionales y Técnicos de dicho Servicio, dentro de los 10 días siguientes a la recaudación.

    Anótese, comuníquese y regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese e insértese en la Recopilación Oficial de la misma.- Junta de Gobierno de la República de Chile, AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Comandante en Jefe del Ejército, Presidente de la Junta.- JOSE T. MERINO CASTRO, Comandante en Jefe de la Armada.- GUSTAVO LEIGH GUZMAN, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea.- CESAR MENDOZA DURAN, General, Director General de Carabineros.- Alberto Spoerer Covarrubias, Coronel de Aviación (S), Ministro de Salud Pública.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud.- Angel Guzmán Véliz, Comandante de Escuadrilla (S), Subsecretario de Salud Pública.