DISPONE CESE DE LOS FUNCIONARIOS QUE SEÑALA
Decreto ley N° 91.- Santiago, 20 de Octubre de 1973.- Vistos: lo dispuesto en el decreto ley N° 1, de 11 de Septiembre de 1973, la Junta de Gobierno ha acordado dictar el siguiente
Decreto ley:
Artículo 1°.- Los funcionarios de cualquiera repartición del Estado que al 11 de Septiembre de 1973 se desempeñaban como interinos, suplentes o contratados en un Servicio distinto, con arreglo al inciso 3° del Art. 169 del DFL. N° 338, de 1960, u otra disposición análoga, cesarán también en los empleos de que era titulares a esa fecha, al producirse el término de esos interinos, suplencias o contratos, de acuerdo con las facultades previstas en el decreto ley N° 6, de 1973, y sus normas complementarias, a menos que la Jefatura Superior del Servicio a cuya dotación pertenecieran, haya requerido o requiera que reasuman sus cargos en esa repartición, o que se les designe en alguna de aquellas calidades en un empleo diverso en uso de tales facultades.
Artículo 2°.- El presente decreto ley regirá desde el 12 de Septiembre de 1973.
Regístrese en la Contraloría General de la República, comuníquese y publíquese en el Diario Oficial e Insértese en los Boletines Oficiales del Ejército, Armada, Fuerza Aérea, Carabineros e Investigaciones y en la recopilación oficial de dicha Contraloría.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la Junta de Gobierno.- JOSE T. MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada.- GUSTAVO LEIGH GUZMAN, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea.- CESAR MENDOZA DURAN, General, Director General de Carabineros.- Oscar Bonilla Bradanovic, General de División, Ministro del Interior.
Lo que se transcribe para su conocimiento.- Enrique Montero Marx, Subsecretario del Interior.