AUTORIZA LA LIBRE IMPORTACION, EXENTA DE LOS DERECHOS DE ADUANA, DE ANIMALES VIVOS DESTINADOS AL JARDIN ZOOLOGICO DE CHILLAN VIEJO
Decreto ley N° 151.- Santiago, 26 de Noviembre de 1973.- La Junta de Gobierno de la República de Chile ha acordado dictar el siguiente,
Decreto ley:
Artículo único.- Autorízase la libre importación, sin depósito y sin el impuesto establecido en el artículo 1°, N° 14, de la ley 16.272, reemplazado por el artículo 182 de la ley 16.464 y sus modificaciones, a los animales vivos destinados al Jardín Zoológico de Chillán Viejo, de propiedad del señor Carlos Jungue.
Las mercancías importadas o donadas para el fin señalado gozarán de la liberación de los derechos de Aduana, de la exención del impuesto del artículo 44 de la ley 17.564, de la Tasa de Despacho establecida en el artículo 190 de la ley 16.464 y sus modificaciones. Asimismo, estarán eximidas del pago de las tarifas de almacenaje y movilización y gravámenes de cualquier concepto que cobren o perciban la Empresa Portuaria de Chile y/o el Servicio de Aduanas.
Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial y en la Recopilación Oficial de dicha Contraloría.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Comandante en Jefe del Ejército, Presidente de la Junta de Gobierno.- JOSE T. MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada.- GUSTAVO LEIGH GUZMAN, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea.- CESAR MENDOZA DURAN, General, Director General de Carabineros.- Lorenzo Gotuzzo Borlando, Contraalmirante, Ministro de Hacienda.
Lo que transcribo a US. para su conocimiento.- Saluda atentamente a US.- Victoria Arellano S., Subsecretario de Hacienda.