ESTABLECE BENEFICIO A FAVOR DEL COMITE NACIONAL DE NAVIDAD EN SUBASTA QUE SEÑALA.
Decreto ley Nº 173.- Santiago, 3 de Diciembre de 1973.- Vistos: lo dispuesto en los decretos leyes Nºs 1 y 128, de 1973, la Junta de Gobierno de la República de Chile ha acordado y dicta el siguiente,
Decreto ley:
"Artículo único.- Establécese, en beneficio del Comité Nacional de Navidad, un recargo de un 1% sobre el monto de adjudicación de las mercaderías que se subasten en el remate que se efectuará en la Aduana de Valparaíso en el mes de diciembre del año en curso.
Dicho recargo deberá pagarse en dinero efectivo, por el subastador conjuntamente con la garantía exigida por el reglamento, bajo apercibimiento de quedar sin efecto la adjudicación, y no estará sujeto a devolución en caso alguno.
En el término de tres días, desde la subasta, el administrador de Aduana de Valparaíso tomará un vale vista a la orden del Comité Nacional de Navidad, en el Banco del Estado de Chile, por el monto correspondiente al total producido por concepto del recargo que se establece en este artículo, y lo remitirá al Superintendente de Aduanas con el fin de que éste haga entrega de él a las autoridades respectivas".
Regístrese en la Contraloría General de la República, comuníquese y publíquese en el Diario Oficial e insértese en la Recopilación Oficial de dicha Contraloría.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Comandante en Jefe del Ejército.- JOSE T. MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada.- GUSTAVO LEIGH GUZMAN, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea de Chile.- CESAR MENDOZA DURAN, General, Director General de Carabineros.- Lorenzo Gotuzzo Borlando, Contraalmirante, Ministro de Hacienda.
Lo que transcribo a US. para su conocimiento.- Dios guarde a US.- Victoria Arellano S., Subsecretario de Hacienda.