ARTICULOS TRANSITORIOS:

    Artículo 1.o- Condónase desde la fecha de traspaso al Servicio Nacional de Salud, todas las deudas por cobros de impuestos, derechos o contribuciones que adeuda la Sociedad Hospitalaria de Niños de Valparaíso Dr. Jean Marie Thierry, sean ellas pasadas o presentes, como asimismo, las de los bienes raíces que le hayan sido asignados por herencia o legado.
    Decláranse bien invertidas las sumas por cualquier concepto haya entregado el Servicio Nacional de Salud a la entidad referida en el inciso anterior, en tanto ellas hayan tenido o tengan como finalidad, acciones de salud.