CONCEDE, POR GRACIA, A DON MANUEL SEGUNDO JARA CARRILLO EL DERECHO A ACOGERSE AL BENEFICIO QUE SEÑALA
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
Artículo único. Concédese, por gracia, al ex Suboficial de Armas de la Fuerza Aérea de Chile, don Manuel Segundo Carrillo, el derecho a acogerse al artículo 36.o de la ley N.o 11,595, considerando el cese de sus funciones la fecha de vigencia de ley.
El gasto que demande la presente ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
Y por cuanto se encuentra vencido el plazo de treinta días que se contempla en el artículo 55.o de la Constitución Política del Estado; por tanto, publíquese y llévese a efecto como ley de la República.
Santiago, a diecisiete de Noviembre de mil novecientos cincuenta y ocho.- JORGE ALESSANDRI RODRÍGUEZ.- Roberto Vergara H.