DETERMINA CARACTER SECRETO O RESERVADO DE ACTOS Y DOCUMENTOS QUE INDICA

    Núm. 760 exenta.- Santiago, 29 de septiembre de 2003.- Visto: Lo dispuesto en los artículos 11º y 13º del D.F.L. 1/19.653, art. 93º, letra i); art. 98º de la ley Nº 18.556; art. 19º de la ley Nº 19.884; el D.S. Nº 26, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia que contiene Reglamento sobre el Secreto o Reserva de los Actos y Documentos de la Administración del Estado y la resolución Nº 520, de 1996, de la Contraloría General de la República, y
    Considerando:

    A) Que si bien el espíritu de la legislación promueve la publicidad y transparencia de los actos de la Administración, deben exceptuarse de tal publicidad los actos, documentos y antecedentes declarados secretos o reservados, en conformidad a las normas del Reglamento que regula la materia, sin perjuicio de lo establecido en leyes o reglamentos especiales;
    B) Que la Constitución Política en el número 15 de su artículo 19º impone reserva al Servicio Electoral sobre las nóminas de afiliados a partidos políticos y la ley orgánica del Servicio en su artículo 98º obliga a su personal a mantener absoluta reserva acerca de los antecedentes o documentos que conozca en el cumplimiento de sus funciones;
    C) Que el artículo 9º del citado Reglamento dispone que al Jefe Superior de cada servicio corresponde, mediante resolución fundada, determinar los actos, documentos y antecedentes de la institución que estarán afectos al secreto o reserva.

    R e s u e l v o:

    Decláranse para los efectos establecidos en el decreto supremo Nº 26, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, como secretos o reservados los siguientes actos, documentos y antecedentes del Servicio Electoral:

    A) SECRETOS
    1. Correspondencia oficial e informes expedidos como secretos, según lo establecido en el D.S. Nº 291, de 1974, del Ministerio del Interior;
    2. Expedientes relativos a procedimientos disciplinarios, salvo para los inculpados o sus abogados, una vez formulados cargos, y
    3. Antecedentes sobre donaciones reservadas contempladas en la ley Nº 19.884.

    B) RESERVADOS
    1. Documentación oficial e informes expedidos como reservados, según lo establecido en el D.S. Nº 291, de 1974 , del Ministerio del Interior;
    2. Actas del Comité de Adquisiciones y documentación de respaldo de procesos de licitaciones o contrataciones, hasta la adjudicación o formalización del contrato, respectivamente;
    3. Documentos relativos al proceso de depuración del padrón electoral;
    4 Documentos relativos al proceso de constitución de partidos políticos;
    5. Documentos relativos al proceso de aceptación o rechazo de declaraciones de candidaturas hasta la publicación de su resolución;
    6. Antecedentes relativos a elaboración de útiles electorales;
    7. Carpetas de vida funcionaria y antecedentes personales de los funcionarios del Servicio, y actuaciones inherentes a procesos de calificación;
    8. Antecedentes de participantes en concursos de selección de personal;
    9. Documentación del Servicio de Bienestar del Personal relativo a antecedentes personales y socioeconómicos de sus asociados y grupos familiares;
    10. Antecedentes relativos a remuneraciones del personal, exceptuados los que se soliciten por tribunales de justicia;
    11. Informes evacuados a requerimiento de tribunales de justicia electoral u ordinaria o de entidades públicas, relativos a personas determinadas o claramente identificables, y
    12. Antecedentes sobre afiliación partidaria.


    Anótese, comuníquese y publíquese.- Juan Ignacio García Rodríguez, Director.