MODIFICA EL D.L. Nº 37, DE 1973, Y EL D.F.L. Nº 1, DE 1968
Santiago, 24 de Diciembre de 1973.- Con esta fecha se ha dictado lo que sigue:
Núm. 220.- Vistos: lo dispuesto en los decretos leyes N.os 1 y 128, de 1973, la Junta de Gobierno ha acordado dictar el siguiente
Decreto ley:
Artículo 1º.- Agrégase como párrafo 5º al Capítulo V del D.F.L. Nº 1, de 1968, el siguiente:
"Párrafo 5º"
"Junta Calificadora Extraordinaria de Oficiales" "Artículo 98 bis.- Sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos precedentes, el Comandante en Jefe del Ejército podrá convocar, en períodos diversos a lo previsto en dichas disposiciones, a Junta Calificadora Extraordinaria de Oficiales, en los casos siguientes:
a) Cuando se produzcan retiros en los grados de Oficiales Generales, con el fin de proponer a los Oficiales Superiores que deban ascender al grado jerárquico superior Los Oficiales Superiores que encontrándose en condiciones de ascender no fueren propuestos para el ascenso, serán incluidos en Lista Extraordinaria de Retiros o se dispondrá su pase al Escalafón de Complemento.
b) Cuando por circunstancias especiales, calificadas por el Comandante en Jefe, sea necesario resolver sobre la inclusión inmediata de uno o más Oficiales Superiores o Jefes en Lista Extraordinaria de Retiros o de Complemento.
Los acuerdos de la Junta Calificadora extraordinaria no serán susceptibles de recurso alguno.
El Comandante en Jefe del Ejército comunicará los acuerdos adoptados por la Junta Calificadora Extraordinaria al Supremo Gobierno, el que cursará, por decreto supremo, el ingreso al escalafón de complemento y/o los correspondientes retiros de Oficiales.
Será aplicable al personal que deba acogerse a retiro, como asimismo al que pase a integrar el Escalafón de Complemento, lo dispuesto en el artículo 95 del presente decreto con fuerza de ley en lo pertinente, sin que rija en estos casos lo dispuesto en el artículo 98 de este cuerpo legal".
Artículo 2º.- El presente decreto ley tendrá vigencia desde el 24 de Diciembre de 1973.
Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en Diario Oficial y en los Boletines Oficiales del Ejército, Armada y Fuerza Aérea e insértese en la Recopilación de Leyes de dicha Contraloría.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General del Ejército, Presidente de la Junta de Gobierno.- JOSE T. MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada.- GUSTAVO LEIGH GUZMAN, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea.- CESAR MENDOZA DURAN, General, Director General de Carabineros.- Patricio Carvajal Prado, Vicealmirante, Ministro de Defensa Nacional.
Lo que se transcribe para su conocimiento.- Francisco F. Martínez Benavides, Teniente Coronel, Subsecretario de Guerra subrogante.