Artículo 3.o- El producto de las ventas y subastas de las mercaderías a que se refiere esta ley, después de sufragados los gastos de organización y funcionamiento de la exposición, se destinará a financiar la reconstrucción de las obras dañadas o destruidas por el sismo que afectó a la comuna de Las Hijuelas el 8 de Julio de 1971. Estos fondos serán entregados a la autoridad que corresponda, como aporte del Club Rotario de Hijuelas a las siguientes obras:
    1.- Sala Múltiple -o parte de ella- en la comuna de Hijuelas, y
    2.- Otra obra de bien común que la Comisión acuerde.