MODIFICA CONCESION DE SERVICIO PUBLICO DE TRANSMISION DE DATOS A LA EMPRESA TELEGLOBE CHILE S.A.

    Santiago, 4 de agosto de 2003.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:

    Núm. 468.- Vistos:

a)  El decreto ley Nº 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
b)  La Ley Nº 18.168 de 1982, Ley General de Telecomunicaciones.
c)  El Nº 1 del artículo 3º párrafo III de la resolución Nº 55 de 1992, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado  fue fijado por la resolución Nº 520 de 1996, ambas de la Contraloría General de la República.
d)  El decreto supremo Nº 222 de 2001, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión y sus modificaciones posteriores.

    Considerando:

a)  Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel Nº  10.648 de 09.01.2003.
b)  Que la solicitud modifica elementos de la concesión no contemplados en el inciso quinto del artículo 14º , de la Ley, por lo que en la especie no son aplicables las normas de los artículos 15º  y 16º de la misma, es decir, no requiere de publicación del extracto  de la solicitud,

    D e c r e t o:

    Modifícase la concesión de Servicio Público de Transmisión de Datos a la empresa Teleglobe Chile S.A., R.U.T. Nº96.924.480-2, con domicilio en Paseo Bulnes Nº 139, oficina 76, comuna de Santiago, Región Metropolitana, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes.

    1.- Cambiar el plazo de término de las obras e inicio de servicio autorizado por el Decreto Supremo Nº 222 de 2001, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, como se indica a continuación:


    Término de las Obras    Inicio de Servicio

          11 meses              13 meses

    Los plazos indicados son máximos y contados a partir de la fecha de publicación en el Diario Oficial del presente decreto supremo.

    2.- Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables.

    Anótese, tómese razón, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Javier Etcheberry Celhay, Ministro  de Transportes y Telecomunicaciones.

    Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Víctor Garay Silva, Jefe División Concesiones.