AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE CHILLAN PARA MODIFICAR PLAN DE INVERSIONES QUE SEÑALA

    Santiago, 27 de Mayo de 1974.- La H. Junta de Gobierno de la República de Chile ha ordenado hoy promulgar lo siguiente:
    Núm. 484.- Visto: lo dispuesto en los decretos leyes N.os 1 y 128 y en el artículo 8° del decreto ley N° 25 de 1973, y

    Considerando:

    La conveniencia de dar una destinación distinta a la inversión de los fondos recaudados por aplicación de las leyes N.os 10.038 y 17.154,
    La Junta de Gobierno de la República de Chile ha acordado dictar el siguiente

    Decreto ley:

    Artículo único.- Autorízase a la Municipalidad de Chillán para que, con el informe del Director de Obras Municipales, modifique el plan de inversiones contemplado en el artículo 2° de la ley N° 17.154, pudiendo ocupar todo o parte de los fondos que resultaren acumulados en el presupuesto extraordinario en obras o adquisiciones que estime de mayor urgencia.
    No obstante, la Municipalidad sólo podrá hacer uso de la autorización conferida en el inciso anterior cuando no hubiere deudas o compromisos por cumplir derivados de la aplicación de la ley N° 17.154, lo que deberá certificar previamente el Tesorero Provincial de Ñuble.

    Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial e insértese en la Recopilación Oficial de dicha Contraloría.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la Junta de Gobierno.- JOSE T. MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada.- GUSTAVO LEIGH GUZMAN, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea de Chile.- CESAR MENDOZA DURAN, General, Director General de Carabineros.- Oscar Bonilla Bradanovic, General de División, Ministro del Interior.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud.- Enrique Montero Marx, Subsecretario del Interior.