CONCEDE A LA EMPRESA DE COMERCIO AGRICOLA LA FACULTAD QUE SEÑALA

    Núm. 442.- Santiago, 22 de Abril de 1974.- Vistos: Lo dispuesto en el decreto ley Nº 1, de 11 de Septiembre de 1973, y

    Considerando:

    Que la política de Gobierno es incrementar la producción de bienes y servicios necesarios para lograr un pleno abastecimiento del mercado interno;
    Que lo anterior se obtiene mediante la fijación de una política real de precios, y
    La necesidad de incentivar a los productores nacionales de los mencionados bienes y servicios.
    La Junta de Gobierno de la República de Chile ha acordado dictar el siguiente

    Decreto ley:

    Artículo primero: La Empresa de Comercio Agrícola podrá subsidiar a los productores y/o distribuidores de bienes o servicios esenciales y cuya producción sea indispensable incentivar dentro de los programas globales de abastecimiento de la población, fijados por el Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.
    El pago del subsidio comprenderá el flete de los productos y mercaderías, su almacenamiento y cualquier otro gasto que por cualquier concepto se deba obtener su colocación o que tenga incidencia con ella.

    Artículo segundo: La facultad contenida en el artículo anterior sólo se ejercerá previa visación del Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción, quien determinará los bienes respecto de los cuales estime procedente el pago del subsidio a que se refiere el presente decreto ley, visación que deberá contar con el visto bueno de la Dirección de Presupuestos del Ministerio de Hacienda.

    Artículo tercero: El Ministerio de Hacienda pondrá a disposición de la Empresa de Comercio Agrícola los fondos que sean necesarios para el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto ley.

    Anótese, regístrese en la Contraloría General de la República y publíquese.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la Junta de Gobierno.- JOSE T. MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada.- GUSTAVO LEIGH GUZMAN, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea de Chile.- CESAR MENDOZA DURAN, General, Director General de Carabineros.- Fernando Léniz Cerda, Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción.- Lorenzo Gotuzzo Borlando, Contraalmirante, Ministro de Hacienda.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud.- Héctor Bórquez Rojas, Subsecretario de Economía, Fomento y Reconstrucción.