CREA CARGOS EN LA PLANTA DEL FONDO NACIONAL DE SALUD E INCREMENTA SU DOTACION MAXIMA
D.F.L. Núm. 24.- Santiago, 17 de octubre de 2003.- Visto: Lo dispuesto en el artículo 61 de la Constitución Política de la República; las facultades que me confiere el artículo septuagésimo de la ley Nº 19.882 y lo solicitado por el Director del Fondo Nacional de Salud para los funcionarios que se mencionan en los antecedentes que se acompañan dicto el siguiente,
Decreto con fuerza de ley:
Artículo 1º.- Creánse a contar del 20 de octubre de 2003, en la Planta de Personal del Fondo Nacional de Salud aprobada por el decreto con fuerza de ley Nº 30 de fecha 26 de junio de 1995, del Ministerio de Salud, específicamente en el párrafo "A) Planta de Directivos" un cargo grado 7 Directivo de Carrera, un cargo grado 10 Directivo de Carrera y un cargo grado 11 Directivo de Carrera; y en el párrafo "B) Planta de Profesionales", un cargo grado 6.
En consecuencia, el total de cargos de la Planta de Directivos pasa ser 60, en la referida Planta de Profesionales, el número de cargos de Profesionales Grado 6 de la Escala Unica pasa a ser 5; en el "Total Cargos Planta Profesionales" el número de cargos pasa a ser 47, y en el "Total de Cargos de Planta del Fondo Nacional de Salud" el número de cargos pasa a ser 601.
Artículo 2º.- Increméntase, en el número de cargos que en el artículo precedente se crean para el Fondo Nacional de Salud, la Glosa "02: a) Dotación máxima de personal" del presupuesto del Fondo Nacional de Salud, de la Partida 16 Capítulo 02, Programa 01 de la ley Nº 19.482, Ley de Presupuestos del Sector Público - Año 2003.
Artículo 3º.- El gasto que demande la creación de los cargos antes señalados se imputará al presupuesto del Fondo Nacional de Salud.
Anótese, tómese razón y publíquese.- JOSE MIGUEL INSULZA SALINAS, Vicepresidente de la República.- Antonio Infante Barros, Ministro de Salud (S).
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud., Antonio Infante Barros, Subsecretario de Salud.